El servicio de Administración Tributaria (SAT), ha emitido sus propias interpretaciones sobre
leyes y reglas fiscales federales confusas que deben aclararse

El servicio de Administración Tributaria (SAT), ha emitido sus propias interpretaciones sobre
leyes y reglas fiscales federales confusas que deben aclararse, para lo cual ha recurrido a la emisión de criterios llamados “CRITERIOS NORMATIVOS, los cuales publica en el DOF,
mediante su Resolución Miscelánea Fiscal Miscelánea (RMF), con el anexo 7, dando cumplimiento a lo señalado en el Artículo 33, penúltimo párrafo, que obliga a las autoridades fiscales a dar a conocer a los contribuyentes estos criterios de carácter interno que emitan para el debido cumplimiento de las disposiciones fiscales, mediante reglas de carácter general.
El Art. 35, del CFF, señala, que los funcionarios fiscales facultados debidamente podrán dar a conocer a las diversas dependencias el criterio que deberán seguir en cuanto a la aplicación de las disposiciones fiscales, aclarando, sin que por ello nazcan obligaciones para los particulares y únicamente derivarán derechos de los mismos cuando se publiquen el Diario Oficial de la Federación. En conclusión, este Artículo le da validez a las circulares para la emisión de los criterios normativos.
Existen criterios normativos en materia de impuesto sobre la renta, impuesto al valor agregado, impuesto especial sobre producción y servicios, entre otras Leyes.
Hasta el próximo martes…….
Escrito por Benjamín Díaz Castrejón
Contador Público y Maestro.
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